Suele hacer referencia al período que transcurre entre la emisión del empréstito y la primera amortización de capital, se llama período de carencia porque durante el mismo sólo se pagan intereses; no se devuelve principal.

Periodo intermedio entre la calificación definitiva y el otorgamiento de la escritura pública de compraventa o adjudicación. Periodo por el que se difiere o dilata el plazo de amortización.