
Recuerdo el caso de dos hermanos en Tenerife que estuvieron a punto de vender la casa de sus padres a un extraño porque creían que “comprarse” la parte el uno al otro era demasiado caro. Les habían dicho que el 6,5 % de impuestos era inevitable.
Estaban a un paso de perder la vivienda familiar por falta de información. Cuando les expliqué que en Canarias existe la extinción de condominio en una vivienda heredada, y que podían regularizar la situación pagando solo AJD en lugar de ITP, sus caras cambiaron por completo.
No solo evitaron vender la casa, sino que ahorraron varios miles de euros y pudieron cerrar la herencia sin conflictos añadidos.
Hoy, en este contexto fiscal de Canarias, la extinción de condominio sigue siendo la vía legal que marca la diferencia entre gestionar una herencia con inteligencia… o regalar dinero innecesariamente a Hacienda. En esta guía te explico cuándo conviene usarla, cuánto cuesta realmente y qué errores debes evitar para no tener problemas después.
ÍNDICE

I. ¿Qué es la extinción de condominio?
Si el nombre te suena complicado, es normal. “Extinción de condominio” es un término jurídico poco intuitivo, pero la idea que hay detrás es mucho más sencilla de lo que parece.
1. El concepto de la “tarta compartida” o proindiviso
Imagina que tú y tus hermanos heredáis la casa de vuestros padres.
Nadie hereda una habitación concreta ni “su mitad del salón”. Legalmente, todos sois dueños de todo a la vez. A esto la ley lo llama condominio o proindiviso.
Es como una tarta que pertenece a varias personas, pero que no está cortada en porciones. Cada uno tiene un porcentaje… de cada ladrillo.
La extinción de condominio es, simplemente, romper esa situación:
- uno de los hermanos se queda con la casa al 100 %
- los demás dejan de ser propietarios
- y reciben una compensación económica por su parte
No es una venta al uso. Es una reorganización de la propiedad.
2. ¿Por qué se llama así? Adiós a las palabras complicadas
- Condominio viene del latín con (compartido) y dominium (propiedad).
- Extinción significa “poner fin”.
Dicho en claro:
extinción de condominio = dejar de compartir una propiedad.
En herencias, esto ocurre cuando varios hermanos deciden que uno se queda la vivienda familiar y los demás salen de la escritura.
3. La diferencia clave con una compraventa (el error más común).
Aquí es donde mucha gente se equivoca.
-
Compraventa: Hacienda lo trata como si un extraño comprara la casa. En Canarias aplica el 6,5 % de ITP.
-
Extinción de condominio: Hacienda entiende que no hay una venta real, sino el final de una comunidad heredada. Por eso solo se paga AJD, mucho más bajo.
Esta diferencia jurídica es la que permite ahorrar miles de euros, siempre que se haga bien y en el contexto adecuado de una herencia.
4. Resumen rápido
- Varios hermanos heredan una casa → existe un condominio.
- Uno quiere quedarse la vivienda → se extingue el condominio.
- No es una venta normal → los impuestos son distintos.

II. Por qué Hacienda te “castiga” cuando vendes más caro.
Aquí entra el concepto clave que casi nadie entiende bien: la ganancia patrimonial en el IRPF.
Para Hacienda, la operación es matemática y fría. No analiza si la casa es la misma, si ha pasado de padres a hijos o si no existe un beneficio real en términos de patrimonio familiar. Solo compara dos cifras:
- El valor de adquisición, que es el valor que declaraste al aceptar la herencia.
- El valor de transmisión, que es el precio real por el que vendes la vivienda.
La diferencia entre ambos valores es, a efectos fiscales, una ganancia patrimonial.
Cuando vendes una vivienda heredada por más valor que el declarado, Hacienda interpreta esa diferencia como un beneficio y la somete a IRPF, aunque no hayas “ganado” dinero en el sentido común del término.
Ejemplo sencillo:
- Valor declarado en la herencia: 100.000 €
- Precio real de venta: 200.000 €
Para Hacienda:
- Ganancia patrimonial: 100.000 €
- Tributación en IRPF: hasta un 28 %
Resultado: una factura fiscal que muchos herederos no esperaban… ni entendían.
III. El ahorro fiscal en Canarias: ¿cuánto dinero te ahorras realmente?.
Cuando uno de los hermanos quiere quedarse con la vivienda heredada, la gran diferencia no está en el trámite, sino en el impuesto que se aplica. Y en Canarias esa diferencia es enorme.
1. Compraventa vs. extinción de condominio: el punto donde se pierde (o se ahorra) dinero.
Si eliges la vía equivocada, Hacienda te trata como si estuvieras comprando una casa a un desconocido. Si eliges la correcta, entiende que estás ordenando una herencia.
Tabla 1. Comparativa fiscal entre compraventa y extinción de condominio en una vivienda heredada en Canarias.
| Concepto | Compraventa entre hermanos | Extinción de condominio |
|---|---|---|
| Impuesto principal | ITP | AJD |
| Tipo impositivo en Canarias | 6,5 % | 0,75 % – 1 % |
| ¿Se considera una venta? | Sí | No |
| Finalidad del trámite | Transmisión onerosa | Disolución de comunidad heredada |
| Impacto fiscal | Alto | Muy reducido |
2. Ejemplo real para entender el ahorro.
Supongamos una vivienda heredada valorada en 200.000 €, con dos hermanos al 50 %.
-
Si uno compra la parte del otro:
-
Base: 100.000 €
-
ITP (6,5 %): 6.500 €
-
-
Si se hace extinción de condominio:
-
Base: valor total del inmueble
-
AJD (1 %): 2.000 €
-
Ahorro directo: más de 4.000 €, solo en impuestos.
Y en viviendas de mayor valor, la diferencia se dispara.

3. ¿Por qué Hacienda permite pagar menos en la extinción de condominio?.
Porque no hay una compraventa real.
Desde el punto de vista jurídico:
- la propiedad ya existía
- los hermanos ya eran dueños
- no hay ánimo especulativo
Lo único que ocurre es que:
- se rompe una situación de copropiedad heredada
- uno sale
- otro se queda
Por eso, en Canarias, el legislador aplica AJD y no ITP.
4. Advertencia importante antes de seguir.
Este ahorro solo es real si se hace bien.
En los siguientes bloques verás:
- cuándo no conviene usar esta vía
- qué pasa si hay hipoteca
- cómo puede aparecer IRPF si el valor no es correcto
Antes, lo lógico es aclarar qué condiciones deben cumplirse.
IV. Requisitos para una extinción de condominio de vivienda heredada.
La extinción de condominio no es automática ni sirve en todos los casos. Para que sea válida, eficaz y fiscalmente segura, deben cumplirse estos requisitos básicos.
1. Acuerdo entre los hermanos (sin esto, no hay extinción).
La extinción de condominio exige acuerdo.
Todos los copropietarios deben aceptar:
- quién se queda con la vivienda,
- por qué valor,
- y cómo se compensa a quien sale.
Si uno de los hermanos no está de acuerdo, no puede imponerse esta vía. En ese caso, habrá que estudiar otras soluciones (venta a tercero, mediación o, en último extremo, vía judicial).
2. Existencia de un cuaderno particional correcto.
En herencias, la extinción no se firma en el vacío.
Debe apoyarse en una herencia ya aceptada y repartida, normalmente mediante:
- escritura de aceptación de herencia,
- cuaderno particional firmado por todos,
- o resolución judicial si la hubo.
Esto es clave porque:
- fija quién es dueño y en qué porcentaje,
- determina el valor de referencia,
- y evita problemas posteriores con Hacienda.
3. La vivienda debe ser indivisible.
La ley permite la extinción cuando el bien no puede dividirse físicamente sin perder valor o funcionalidad.
En la práctica:
Por eso, en viviendas habituales, este requisito suele cumplirse, pero conviene confirmarlo antes de firmar nada.
4. La compensación económica: cómo sale un hermano de la propiedad.
El hermano que se queda con la vivienda debe compensar económicamente a los demás. Esa compensación puede hacerse:
- con dinero,
- asumiendo una hipoteca existente,
- o combinando ambas cosas.
Lo importante es que:
- la compensación sea proporcional al porcentaje que sale,
- quede reflejada claramente en la escritura,
- y esté respaldada por un valor razonable.
Aquí es donde una mala valoración puede convertir un ahorro fiscal en un problema de IRPF después.
5. Escritura pública ante Notario.
La extinción de condominio siempre debe formalizarse:
- en escritura pública,
- firmada por todos los comuneros,
- con liquidación posterior del impuesto correspondiente (AJD).
Sin escritura:
- no hay cambio real de titularidad,
- no se puede inscribir en el Registro,
- y no existe seguridad jurídica.
6. Mini-resumen de requisitos.
Para que la extinción funcione en una vivienda heredada:
- hay acuerdo entre hermanos
- la herencia está correctamente aceptada
- la vivienda es indivisible
- existe compensación económica clara
- se firma ante Notario
Cumplido esto, la extinción es viable.
Ahora bien, hay un punto que suele romper muchos acuerdos…
la hipoteca.
Y ese es el siguiente bloque.
V. El papel crítico de la hipoteca en la extinción de condominio.
Aquí es donde más acuerdos se rompen. No por Hacienda. Por el banco.
1. La extinción no libera la hipoteca por sí sola.
Firmar una extinción de condominio no saca automáticamente al hermano que se va de la hipoteca.
- La extinción es un acuerdo entre hermanos.
- La hipoteca es un contrato con el banco.
Si el banco no acepta una novación, para la entidad siguen siendo deudores ambos, aunque uno ya no sea propietario.
2. La novación hipotecaria: el paso imprescindible.
Para que el hermano que sale quede realmente libre, el banco debe firmar una novación en la que:
- se elimina al copropietario saliente como deudor,
- el que se queda asume la deuda,
- y el banco valida su solvencia.
Sin novación:
- el hermano que se fue sigue respondiendo si hay impagos,
- aunque ya no tenga la casa.
3. ¿Qué pasa si el banco dice que no?.
Es más común de lo que parece.
Si el banco:
- no acepta la novación,
- o exige condiciones imposibles,
hay tres escenarios reales:
- Aportar más garantías (aval, amortización parcial).
- Refinanciar con otra entidad.
- Descartar la extinción y estudiar venta a tercero.
Forzar una extinción sin solución bancaria es un error grave.
4. Compensar asumiendo la hipoteca: cuidado con el valor.
Cuando el que se queda:
- asume la hipoteca,
- y además paga dinero,
es fundamental que:
- la suma coincida con el valor real de la vivienda,
- quede perfectamente detallada en la escritura.
Si no, Hacienda puede entender que hay:
- exceso de adjudicación,
- y aparecer IRPF inesperado.
5. Consejo profesional (clave)
Nunca firmes una extinción de condominio sin tener claro antes:
- si el banco acepta la novación,
- en qué condiciones,
- y con qué impacto real para cada hermano.
Ahí es donde una extinción mal planteada deja de ser una solución…
y se convierte en un problema a largo plazo.
Superado el banco, toca el siguiente riesgo silencioso:

VI. El impacto del IRPF y los excesos de adjudicación
Aquí es donde mucha gente se confía… y donde Hacienda suele aparecer meses después si algo no se hizo bien.
1. La idea clave: ahorrar en AJD no te libra del IRPF
La extinción de condominio ahorra impuestos indirectos (ITP), pero no elimina automáticamente el IRPF.
Si al extinguir el condominio:
-
el valor que se usa es superior al valor declarado en la herencia,
-
o la compensación económica no cuadra,
Hacienda puede entender que el hermano que sale ha obtenido una ganancia patrimonial.
Y esa ganancia tributa en el IRPF.
2. ¿Qué es exactamente un exceso de adjudicación?
Hay exceso de adjudicación cuando:
- uno de los hermanos recibe más valor del que le corresponde según su porcentaje,
- y esa diferencia no está justificada.
Ejemplo sencillo:
- dos hermanos heredan al 50 %,
- la vivienda se valoró en herencia en 150.000 €,
- en la extinción se valora en 220.000 €.
Esa diferencia puede generar una ganancia patrimonial para el hermano que sale.
3. ¿Cuándo NO hay problema de IRPF?
Normalmente, no hay ganancia cuando:
- el valor de la extinción coincide con el valor declarado en la herencia,
- o la diferencia está bien justificada y documentada,
- o se ha usado un valor de mercado coherente desde el principio.
Por eso, el problema no nace en la extinción, sino muchas veces en cómo se valoró la herencia.
4. Por qué declarar “bajo” en la herencia suele salir caro después
Declarar una vivienda por debajo de su valor real puede parecer una ventaja inicial, pero tiene consecuencias:
- hoy pagas menos en herencia,
- mañana pagas más IRPF al extinguir o vender,
- y además te expones a comprobaciones de valores.
En herencias, el ahorro fiscal mal planteado se paga después.
5. La importancia de una valoración previa y neutral
Antes de firmar una extinción de condominio, conviene:
- saber cuál es el valor de mercado real,
- entender el impacto fiscal completo,
- y evitar decisiones basadas solo en “pagar menos hoy”.
Aquí es donde una valoración profesional previa marca la diferencia entre una solución limpia y un problema futuro.
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En este punto, la mayoría de problemas que veo en extinciones de condominio no vienen del trámite en sí, sino de haber fijado mal el valor de la vivienda desde el principio.
Antes de firmar nada, conviene parar un momento y responder a una pregunta clave:
¿qué valoración es defendible hoy y no me dará problemas mañana con Hacienda?
¿Quieres evitar errores fiscales antes de firmar la extinción de condominio?
En este punto, la mayoría de problemas que aparecen en las extinciones de condominio no vienen del trámite en sí, sino de haber fijado mal el valor de la vivienda heredada.
Antes de firmar nada, conviene parar un momento y hacerse una pregunta clave:
¿qué valoración es defendible hoy y no me dará problemas mañana con Hacienda?
Una extinción de condominio mal valorada puede:
- generar IRPF inesperado,
- provocar una comprobación de valores,
- o convertir un ahorro inicial en un problema fiscal posterior.
Si quieres una valoración profesional y neutral, adaptada a tu caso concreto y pensada para evitar sustos fiscales después, puedes llamarme directamente y lo analizamos.
☎︎ Llámame: +34 650 720 851
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(Revisión confidencial. Cada herencia es un caso distinto.)

VII. Casos especiales: herederos no residentes en Canarias.
En Canarias es muy habitual que uno de los hermanos viva fuera de España. Cuando esto ocurre, la extinción de condominio sigue siendo posible, pero aparecen obligaciones fiscales adicionales que conviene conocer para evitar sanciones.
VII.I. Cuando un hermano no reside en España, las reglas cambian
Si el heredero que sale del condominio:
- vive en el extranjero,
- y recibe una compensación económica,
Hacienda considera que existe una transmisión a un no residente, aunque jurídicamente sea una extinción de condominio.
Esto activa obligaciones automáticas para el hermano que se queda con la vivienda
2. La retención obligatoria del 3 % (Modelo 211).
En estos casos, la ley obliga a practicar una retención del 3 % sobre el valor de la parte que se compensa al no residente.
Puntos clave:
- la retención no es opcional,
- debe ingresarse en Hacienda mediante el Modelo 211,
- el responsable de ingresarla es quien se queda la vivienda, no el hermano que vive fuera.
Si no se hace:
- Hacienda puede reclamar ese 3 % más recargos y sanciones,
- incluso aunque el dinero ya se haya entregado al otro heredero.
3. ¿Tributa el hermano no residente por IRPF?
No exactamente.
El hermano que vive fuera de España no tributa por IRPF, sino por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), solo si existe ganancia patrimonial.
Tipos orientativos:
- 19 % si reside en la UE, Islandia o Noruega,
- 24 % si reside fuera de esos países.
La retención del 3 % actúa como pago a cuenta de ese impuesto.
4. El pago de la compensación: cuidado con los bancos.
Cuando hay herederos no residentes, los bancos suelen:
- pedir justificación del origen del dinero,
- exigir que el pago quede perfectamente documentado,
- bloquear transferencias si algo no encaja.
Por eso es fundamental que:
- la compensación quede clara en la escritura,
- los pagos sean trazables,
- y se coordinen bien notaría, banco y fiscalidad.
5. Resumen rápido para no residentes
Si uno de los hermanos vive fuera de España:
- la extinción es posible
- hay que retener el 3 % (Modelo 211)
- puede existir IRNR
- el pago debe quedar muy bien documentado
Aquí, más que nunca, improvisar sale caro.
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Tomar esta decisión “como se ha hecho siempre” puede parecer lo más sencillo…
pero hoy puede generar problemas fiscales y familiares difíciles de corregir después.
La conclusión es incómoda, pero clara:
declarar “barato” ya no ahorra dinero.
Hoy, lo que ahorra es declarar correctamente.
VIII. Conclusión: ¿es la mejor opción para tu familia?
La extinción de condominio es una herramienta legal pensada para resolver herencias, no un atajo fiscal ni una fórmula automática. En Canarias, cuando varios hermanos heredan una vivienda y uno quiere quedarse con ella, suele ser la vía más lógica y eficiente para unificar la propiedad y reducir costes.
Bien planteada, permite:
- evitar una compraventa innecesaria,
- pagar menos impuestos,
- y cerrar la herencia sin añadir nuevos conflictos familiares.
Pero no siempre conviene.
La existencia de una hipoteca, un valor mal fijado en la herencia o la presencia de herederos no residentes pueden cambiar completamente el escenario y generar problemas posteriores con el banco o con Hacienda.
Por eso, la clave no está en firmar rápido, sino en entender antes:
- si la extinción es viable en tu caso,
- qué valor tiene sentido utilizar,
- y qué consecuencias fiscales puede tener hoy y mañana.
Cuando se analiza con criterio, la extinción de condominio suele ser una buena solución.
Cuando se improvisa, suele ser el origen de nuevos problemas.
Fuentes consultadas
Este artículo se ha elaborado a partir de normativa vigente y fuentes oficiales, así como de la experiencia práctica en operaciones reales de herencias y extinciones de condominio en Canarias:
-
Código Civil español
Artículos 400 y siguientes (división de la cosa común). -
Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)
Real Decreto Legislativo 1/1993. -
Normativa autonómica de Canarias sobre AJD
Gobierno de Canarias – Consejería de Hacienda. -
Agencia Tributaria (AEAT)
Información sobre:- Ganancias patrimoniales en IRPF
- Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
- Modelo 211 (retención del 3 % a no residentes)
-
Consejo General del Notariado
Criterios y práctica notarial sobre disolución de comunidad y extinción de condominio. -
Dirección General de Tributos (DGT)
Consultas vinculantes relacionadas con excesos de adjudicación y tributación en extinciones de condominio.
Advertencia legal y descargo de responsabilidad
Este artículo tiene un carácter informativo y divulgativo. Está pensado para ayudar a entender, de forma clara y accesible, cómo funciona la extinción de condominio en una vivienda heredada en Canarias y qué implicaciones fiscales y jurídicas puede tener.
El contenido se basa en:
- normativa vigente en el momento de su redacción,
- criterios administrativos habituales,
- y experiencia práctica en operaciones reales de herencias inmobiliarias en Canarias.
El objetivo es facilitar la comprensión y la toma de decisiones, no sustituir el análisis profesional que requiere cada caso concreto.
IX. Preguntas frecuentes sobre la extinción de condominio en una vivienda heredada

X. ¿Necesitas una valoración clara para poder decidir?
En una extinción de condominio, el punto de partida es siempre el mismo: saber cuánto vale realmente la vivienda hoy. De ese dato dependen la compensación entre hermanos, la viabilidad del acuerdo y las decisiones posteriores.
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▸ Solicitar valoración profesional de la vivienda
(Contacto directo por WhatsApp. Consulta confidencial).
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